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viernes, 8 de junio de 2018

Traición a las víctimas e inseguridad jurídica

Sin la reforma a la ley 1448 de Víctimas, y con el engavetamiento de las 16 curules mandatadas en lo firmado, continuó la burla para con quienes se decía eran el centro del acuerdo: las víctimas. Y viene en esta legislatura la última estocada.



Jesús Santrich
@JSantrich_FARC


Durante año y medio las partes discutimos en la mesa de La Habana el punto 5 de Víctimas. Sin duda uno de los más polémicos por la centralidad que éstas y el proceso integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, han de tener en la construcción de una paz estable y duradera. El punto de partida para este trascendental acuerdo fue la elaboración del Informe de la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas, que arrojó luces sobre el origen y desarrollo de la prolongada guerra que hemos sufrido, así como del drama de la victimización de millones de colombianos y colombianas.

El Acuerdo de Víctimas derrumba los mitos maniqueos de la “amenaza terrorista”, la “cuadrilla de malhechores” y del “cartel de droga más grande del mundo”, con los que el Estado y los grandes medios de comunicación pretendieron someter moral y jurídicamente a la guerrilla. Por el contrario partiendo de la claridad histórica sobre la génesis y desenvolvimiento del conflicto armado, se construye todo un modelo alternativo e integral de verdad y justicia, apegado a los dictámenes del DIH y el DIDH, y en franca contravía del derecho penal del enemigo que se nos había aplicado hasta ahora a los rebeldes.

Con la participación de destacados juristas colombianos e internacionales se gestó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR), que incluía componentes como la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, y toda una Jurisdicción Especial de Paz (JEP), autónoma y sin subordinación a la ilegítima jurisdicción ordinaria. No se trataba de una Justicia para las FARC, sino para todos los actores del conflicto. Un nuevo paradigma donde la justicia no se medía en barrotes o cárceles, sino en verdad, reparación para las víctimas y transformación de la realidad victimizante.

Dado el calado legal que implicaba la creación del SIVJRNR, su constitucionalización en el acto legislativo 01 de 2017 fue prioritaria dentro del “fast track”. Al haber sido aprobado en abril del año pasado -es decir antes de la infame sentencia de la Corte Constitucional y del fin de la dejación de armas-, el Congreso votó en bloque y no hizo mayores modificaciones a lo acordado, a pesar de que el ponente Hernán Penagos con el MinDefensa Villegas introdujeron todo un capítulo a favor de los militares y en contra de los derechos de las víctimas, que no hacía parte del proyecto inicial consensuado ni del Acuerdo Final. Pero la perfidia al Acuerdo de Víctimas y contra la JEP en particular se cocinaba ya en varias dimensiones.

Ya concluido el proceso de dejación de armas cumplido cabalmente por las FARC-EP, arreciaron los ataques a la seguridad jurídica del Acuerdo Final. De hecho, el aparato judicial ordinario ya había tornado casi inviable la aplicación de la Ley de Amnistía, a tal punto que hoy tras 18 meses de su promulgación siguen privados de la libertad alrededor de 600 prisioneros políticos y el recién expedido decreto 932 del 28 de mayo de 2018 prolonga por tres meses más la agonía de su situación, según mi percepción.

En el segundo semestre de 2017, y con los guerrilleros ya desarmados, se producen simultáneamente el trámite de la Ley Estatutaria de la JEP en el Congreso, y la revisión de exequibilidad del acto legislativo 01 de 2017 en la Corte Constitucional, procesos que concluyen ambos en dos puñaladas arteras contra lo acordado en La Habana. Pese a que Congreso y Corte son parte integrante del Estado colombiano, y que en el acto legislativo 02 de 2017, aprobado por ambas instituciones, se comprometieron a cumplir de buena fe todo lo pactado y a no alterarlo por doce años, se consumó la perfidia.

Con la sentencia C-674/17, de la que solo conocemos el comunicado N° 55, la Corte se rinde a las pretensiones del magistrado ponente, el uribista Luis Guillermo Guerrero, y de un plumazo defenestra más de cinco años de negociación en la mesa de La Habana.

Además de restarle autonomía a una jurisdicción que requiere independencia, la sentencia mencionada convierte la JEP en una jurisdicción solo para combatientes, dejando bajo el manto de la impunidad de la Justicia ordinaria a los denominados terceros: políticos y empresarios comprometidos en la guerra pueden así reposar tranquilos, como lo hacen hoy las 15 mil compulsas de copias por paramilitarismo en poder del fiscal Néstor Humberto Martínez, tan diligente para hacer montajes contra miembros de la FARC, pero tan obsecuente para proteger a sus ex clientes.

Con la exclusión de los terceros de la JEP, se le robaron la verdad a las víctimas del Estado y del paramilitarismo, y han reafirmado su aspiración de hacer de la JEP un instrumento de sometimiento político.

Mientras tanto, en medio de una aparente ignorancia supina del Acuerdo, el Congreso hacía trizas lo que quedaba de JEP con la Ley Estatutaria. El fiscal Martínez dictaba las modificaciones y su escribano el representante Penagos hacía el mandado. En esa orgía legislativa no solo se violó el Acuerdo de La Habana, sino la Constitución misma al aprobarse normas como las que prohibía a los defensores de DDHH ser magistrados del Tribunal de Paz.

Pero claramente en esta ley estatutaria el fiscal general introdujo las rutas normativas para su celada judicial contra el proceso de paz. Figuras como las de los “desertores” del Acuerdo, los delitos de tracto sucesivo, o el testaferrato en los términos de esta ley fueron diseñadas por Martínez a la medida de sus montajes judiciales en marcha como los de Surtifruver, Surticundi, Merkandrea, y éste en curso para mi extradición.

La apuesta de Martínez siempre fue abrogarle competencias a la justicia ordinaria sobre el mayor número de casos, buscando apabullar a la naciente JEP; mismo ya había hecho con la Unidad Especial de Investigación contra el paramilitarismo, nacida del Acuerdo. En el fondo todo era una patraña de obstrucción a lo pactado y un entrampamiento contra la FARC.

Sin la reforma a la ley 1448 de Víctimas, y con el engavetamiento de las 16 curules mandatadas en lo firmado, continuó la burla para con quienes se decía eran el centro del Acuerdo. Y viene en esta legislatura la última estocada. Sin acuerdo en CSIVI, sin Voceros de Paz en el Congreso, sin fast track, el Gobierno Nacional impulsa la ley procesal de la JEP, donde entre sus múltiples micos aparece el aprobado artículo 53, que castra a la Jurisdicción para los casos de extradición. El artículo 19 del acto legislativo 01 de 2017 es taxativo: “La Sección de Revisión del Tribunal para la Paz evaluará la conducta atribuida para determinar la fecha precisa de su realización y determinará el procedimiento a seguir”, y no dice que simplemente se verificará la fecha de las pruebas.

No más perfidia a la verdad, a la justicia, a la reparación y a la no repetición. No más perfidia a las víctimas. No más perfidia al DIH, a la amnistía y a los firmantes del Acuerdo Final. Sin seguridad jurídica no habrá paz. Lo pactado se cumple: pacta sunt servanda.

El Espectador

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